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CÓDIGO DE AGUAS 2024 THOMSON
REUTERS
Directores: Gonzalo Arévalo Cunich - Dino Ramírez Huanca
Edición: 24° Edición - 2024
Formato: 1 Tomo - 720 páginas (Papel + Digital)
Editorial: Thomson Reuters
Valor:
$ 43.600 IVA/Incluido
DESCRIPCIÓN
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CARACTERÍSTICAS
- Respaldo
de un Director
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encargado de revisar anualmente las normas que componen el apéndice,
concordancias, títulos de artículos e índice temático.
- Apéndice normativo
Compilación y sistematización de normas complementarias al código,
indispensables para el ejercicio profesional.
- Títulos
en artículos del código y del apéndice
En cada artículo del código y en las normas del apéndice, se presenta una breve
descripción de su contenido.
- Concordancias
Muestra la relación entre artículos del mismo código o con otras normas, cuando
tratan sobre materias similares.
- Índice temático
Esta sección, ubicada al final de cada código, incluye diversos términos
jurídicos, contenidos en el mismo cuerpo legal, con referencia al número del
artículo en que se encuentra tratado el concepto.
- Articulado y apéndice actualizados
Todos los artículos están actualizados hasta la fecha de cierre de la edición
de este código.
CONTENIDO
- CÓDIGO DE AGUAS
- APÉNDICE CON LAS SIGUIENTES LEYES:
– Constitución Política
– Decreto Ley Nº 2.603. Modifica y complementa el Acta Constitucional Nº
3; y establece normas sobre derechos de aprovechamiento de aguas y faculta al
Presidente de la República para que establezca el régimen jurídico general de
las aguas (D.O. de 23 de abril 1979)
– Ley Nº 20.017. Modifica el Código de Aguas (D.O. de 16 de junio de
2005)
– Decreto Nº 203. Reglamento sobre Normas de Exploración y Explotación
de Aguas Subterráneas (D.O. de 7 de marzo de 2014)
– Decreto Supremo Nº 1.220. Aprueba Reglamento del Catastro Público de
Aguas (D.O. de 25 de julio de 1998)
– Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.123. Establece normas sobre ejecución
de obras de riego por el Estado (D.O. de 21 de diciembre de 1981)
– Decreto Supremo Nº 285. Reglamenta procedimiento para la aplicación
del D.F.L. Nº 1.123, de 1981, sobre ejecución de obras de riego por el Estado
(D.O. de 11 de enero de 1995)
– Decreto Supremo Nº 179. Fija el texto actualizado del Decreto Nº 795,
de 1975, que aprobó el Reglamento de la Comisión Nacional de Riego (D.O. de 16
de agosto de 1984)
– Ley Nº 18.450. Aprueba normas para el fomento de la inversión privada
en obras de riego y drenaje (D.O. de 30 de octubre de 1985)
– Decreto Supremo Nº 95. Aprueba nuevo Reglamento de la Ley Nº 18.450 de
Fomento a la Inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje, modificada por la
Ley Nº 20.705 (D.O. de 23 de abril de 2015)
– Decreto con Fuerza de Ley Nº 237. Fuentes termales (D.O. de 28 de mayo
de 1931)
– Decreto Supremo Nº 106. Aprueba reglamento de aguas minerales (D.O. de
14 de junio de 1997)
– Ley Nº 11.402. Dispone que las obras de defensa y regularización de
las riberas y cauces de los ríos, lagunas y esteros que se realicen con
participación fiscal, solamente podrán ser ejecutadas y proyectadas por la
Dirección de Obras Sanitarias del Ministerio de Obras Públicas (D.O. de 16 de
diciembre de 1953)
– Guía para la presentación de solicitudes de derechos de
aprovechamiento de aguas
– Formulario. Memoria explicativa para la solicitud de derechos de
aprovechamiento de aguas
– Ley Nº 20.411. Impide la constitución de derechos de aprovechamiento
de aguas en virtud del artículo 4º transitorio de la Ley Nº 20.017 de 2005, en
determinadas zonas o áreas (D.O. de 29 de diciembre de 2009)
– Ley Nº 20.491. Modifica el artículo único de la Ley Nº 20.411, de 2009
(D.O. de 24 de febrero de 2011)
– Ley Nº 20.697. Faculta a los directorios de las comunidades de aguas y
de la Juntas de Vigilancia, para representar a los interesados en los
procedimientos de perfeccionamiento de títulos de Derecho de Aprovechamiento de
aguas (D.O. de 12 de noviembre de 2013)
– Decreto Supremo Nº 743. Fija Tabla de Equivalencias entre caudales de
agua y usos, que refleja las prácticas habituales en el país en materia de
aprovechamiento de aguas (D.O. de 16 de diciembre de 2005)
– Decreto Nº 50. Aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295
inciso 2º, del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que
deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras
hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal (D.O. de
19 de diciembre de 2015)
– Resolución Nº 1.800. Establece criterios de la Dirección General de
Aguas en materias que indica (D.O. 26 de julio de 2010)
– Ley Nº 21.064. Introduce modificaciones al marco normativo que rige
las aguas en materia de fiscalización y sanciones (D.O. de 27 de enero de 2018)
– Decreto Nº 14. Aprueba Reglamento para la determinación del Caudal
Ecológico Mínimo (D.O. de 30 de julio de 2013)
– Decreto Nº 71. Modifica decreto Nº 14, de 2012, que aprueba Reglamento
para la determinación del Caudal Ecológico Mínimo (D.O. de 15 de enero de 2015)
– Decreto Nº 53. Aprueba Reglamento de Monitoreo de Extracciones
Efectivas de Aguas Superficiales (D.O. de 15 de octubre de 2020)
– Decreto Nº 131. Modifica el Decreto Supremo Nº 50, del 13 de enero de
2015, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba el reglamento a que se
refiere el artículo 295 inciso 2º, del Código de Aguas, estableciendo las
condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y
operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del
referido texto legal (D.O. de 15 de septiembre de 2021)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 135. Determina obras y características que
deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los
términos señalados en el artículo 41 del Código de Aguas (31 de enero de 2020)
– Circular Nº 1. Aclara atribuciones del directorio de las Juntas de
Vigilancia para promover y suscribir acuerdos de redistribución de las aguas en
zonas declaradas en escasez, en virtud del art. 314 del Código de Aguas (3 de
enero de 2020)
– Ley Nº 21.435. Reforma el Código de Aguas (D.O. de 6 de abril de 2022)
– Resolución exenta Nº 1.655. Establece normas para el correcto alcance
y aplicabilidad del artículo 56º del Código de Aguas (D.O. de 1 de agosto de
2022)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 1.104. Establece condiciones técnicas
mínimas, obligaciones y limitaciones, que deben cumplir los acuerdos de
redistribución de las aguas, y establece procedimiento de revisión, conforme al
artículo 314 del Código de Aguas (11 de mayo de 2022)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 1.331. Deja sin efecto la Resolución
D.G.A. (exenta) Nº 1.674, de 12 de junio de 2012, y establece criterios que
determinan el carácter de severa sequía, de conformidad a lo dispuesto en el
artículo 314 del Código de Aguas (7 de junio de 2022)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 1.482. Establece requisitos, procedimiento
y forma de operación en materia de autorizaciones temporales de extracción de
aguas en zonas declaradas de escasez hídrica, de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 314 inciso 7º, del Código de Aguas (23 de junio de 2022)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 1.672. Establece criterios para la
evaluación de concordancia entre los puntos de captación y/o restitución de los
derechos de aprovechamiento de aguas y las obras utilizadas para su ejercicio,
así como en el caudal que se aprovechará, de conformidad al artículo 10 inciso
final del Decreto Supremo Nº 50, de 2015, del Ministerio de Obras Publicas (24
de septiembre de 2020)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 2.132. Establece las condiciones y el
procedimiento a que podrá acogerse voluntariamente cualquier titular de un
proyecto de ingeniería, de las obras a que se refiere el artículo 294 del
Código de Aguas (29 de julio de 2016)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 2.600. Establece alcance y aplicabilidad
del artículo 56º bis del Código de Aguas (17 de octubre de 2022)
– Circular Nº 2. Instruye sobre aplicación del artículo 231 del Código
de Aguas en relación a representación de personas jurídicas en el directorio de
organizaciones de usuarios (20 de abril de 2022)
– Circular Nº 3. Instruye sobre aplicación del artículo 229 del Código
de Aguas en relación con realización de elecciones y representación de usos
prioritarios en los directorios de organizaciones de usuarios (12 de julio de
2022)
– Resolución D.G.A exenta Nº 2.878. Modifica Manual de Norma y
Procedimiento para la Administración de Recursos Hídricos - 2008, SIT Nº 156 de
2008, aprobado mediante Resolución Nº 3.504 exenta, de 2008 (D.O. de 16 de
noviembre de 2022)
– Resolución D.G.A exenta Nº 3.020. Modifica Manual de Norma y
Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos - 2008, SIT Nº 156,
de 2008, aprobado mediante Resolución Nº 3.504 exenta, de 2008 (D.O. de 25 de
noviembre de 2022)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 3.202. Modifica Manual de Norma y
Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos - 2008, SIT Nº 156
de diciembre de 2008, aprobado mediante Resolución DGA Nº 3.504 exenta, de
2008, en el sentido que indica (D.O. de 3 de diciembre de 2022)
– Ley Nº 21.586. Modifica la Ley Nº 21.435, para ampliar el plazo de
inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas, y el Código de Aguas, para
introducir un procedimiento administrativo que perfecciona los títulos de tales
derechos (D.O. de 13 de julio de 2023)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 2.356. Aprueba usos no contemplados en la
Tabla de Equivalencia entre caudales de agua y usos del Decreto Nº 743, de 2005
(D.O. de 8 de septiembre de 2023)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 1.373. Modifica resolución Nº 1.655
exenta, de 2022, que establece normas para el correcto alcance y aplicabilidad
del artículo 56 del Código de Aguas (D.O. de 15 de julio de 2023)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 121. Establece criterios para resolver
recursos de reconsideración en contra de la resolución que fija anualmente el
listado de derechos de aprovechamiento afectos al pago de patente por no uso de
aguas (D.O. de 2 de febrero de 2023)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 415. Aprueba instructivo sobre
procedimiento de fiscalización de organizaciones de usuarios - SDT Nº 451, de
diciembre de 2022, y deja sin efecto Instructivo Nº 4, de septiembre de 2010
(D.O. de 1 de abril de 2023)
– Circular Nº 1. Instruye sobre aplicación de los artículos 3 y 7, del
Decreto Nº 53, de fecha 3 de abril de 2020, del Ministerio de Obras Públicas,
referente a las condiciones técnicas de los dispositivos de control y aforo, y
a los criterios y niveles de exigencias (estándares) respectivamente (7 de
agosto de 2023)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 2.682. Determina las formas, requisitos y
periodicidad en que se deberá entregar la información referida al artículo 56
bis del Código de Aguas (D.O. de 2 de noviembre de 2022)
– Oficio Nº 28, Instruye sobre el procedimiento de coordinación que
deberá seguir la Dirección General de Obras Públicas y la Dirección General de
Aguas, en la evaluación y otorgamiento del Permiso para Efectuar Obras de
Regularización o Defensa de Cauces Naturales, regulado en los artículos 41 y
171 del Código de Aguas, y el artículo 14 letra l), del Decreto con Fuerza de
Ley Nº 850, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley
Nº 15.840, de 1964 (10 de enero de 2020)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 1.238. Determina las condiciones técnicas
y los plazos a nivel nacional para cumplir con obligación de instalar y
mantener un sistema de monitoreo y transmisión de extracciones efectivas en las
obras de captación de aguas subterráneas (D.O. de 1 de julio de 2019)
– Ley Nº 20.998. Regula los servicios sanitarios rurales (D.O. de 14 de
febrero de 2017)
– Decreto Nº 50. Aprueba Reglamento de la Ley Nº 20.998, que regula los
servicios sanitarios rurales (D.O. de 19 de octubre de 2020)
– Resolución D.G.A. exenta Nº 2.602. Modifica resolución Nº 2.682
exenta, de 2022, modificada por resolución Nº 1.739 exenta, de 2023, dictada en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 56 bis del Código de Aguas (D.O. de 6
de octubre de 2023)
MODIFICACIONES INCORPORADAS A ESTA EDICIÓN: Modificaciones introducidas al Código de Aguas en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2002 y el 3 de enero de 2024.