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EL RES
IPSA LOQUITUR (CUANDO LAS COSAS HABLAN) EN LA RESPONSABILIDAD CIVIL
Autor: Roberto Meza García
Edición: 2013
Formato: 1 Tomo - 500 páginas
ISBN: 978-956-6170-03-7
Editorial: Editorial Parlamento
Valor: $ 35.700 IVA/Incluido
ÍNDICE
PROLOGO
CAPITULO
I
DE
LA DOCTRINA DEL RES IPSA LOQUITUR
ESQUEMA
DEL CAPITULO I
1.
GENERALIDADES
1.1.
Planteamiento
1.1.1.
Situación del Res Ipsa Loquitur en el Derecho comparado. Breves notas
1.2.
Concepto
1.3.
Labor de la jurisprudencia comparada en el desarrollo del Res Ipsa Loquitur
2.
ELEMENTOS
2.1.
a) Inferencia de la negligencia del demandado, o sea, que el daño no pudo
ocurrir sin la existencia de negligencia de alguien
2.2.
b) El daño debe haber sido causado por un agente, instrumento condición que
estuviese bajo el control exclusivo del demandado
2.3.
c) El hecho debe estar bajo la esfera de control “exclusiva” del demandado
2.4.
Otros requisitos
2.4.1.
Negligencia contributiva del demandante
2.4.2.
Accesibilidad de la evidencia
2.4.3. Tener o contar con una prueba directa que ha estado disponible para que el demandante pueda invocar la doctrina
2.4.4.
Que el demandado tenga un conocimiento superior o mayor información con
respecto a la causa del accidente
3.
EN CHILE
CAPITULO
SEGUNDO
APROXIMACIONES
A LA DOCTRINA DEL RES IPSA LOQUITUR EN EL DERECHO CHILENO
ESQUEMA
DEL CAPITULO II
1.
INTRODUCCION
2.
DE LA NEGLIGENCIA Y LA CULPA EN EL DERECHO CIVIL NACIONAL
2.1.
Concepto
2.2.
Elementos
3.
DE LAS PRESUNCIONES DE CULPA
3.1.
Introducción: Las Presunciones y las Inferencias Judiciales
3.1.1.
Presunciones Judiciales
3.1.1.1.
Valor probatorio de las Presunciones Judiciales
3.1.2.
Las Inferencias Procesales
4.
DEL PRINCIPIO GENERAL DEL ARTICULO 2329 DEL CODIGO CIVIL
4.1.
Presentación
4.2.
Análisis del artículo 2329 del Código Civil
4.2.1.
Disposición concordante con la regla del artículo 2314, y/o una mera
reiteración de ella
4.2.2.
Sería la consagración de una presunción general de culpa por el hecho propio
4.2.3.
Manifestación de la existencia de un Nexo Causal que debe mediar entre el hecho
culpable y el daño inferido
4.2.4.
Reiteración o regla complementaria a la del artículo 2314, cerrando el círculo
de la responsabilidad, al independizar el delito y cuasidelito penal del delito
y cuasidelito civil. En este sentido, como sugería Pablo Rodríguez Grez
4.3. Del artículo 2329 y sus cercanías con la Doctrina del Res Ipsa Loquitur
4.3.1.
Panorama en la Jurisprudencia
5.
VALORACION DE LA PRUEBA Y SANA CRITICA
5.1.
Concepto
CAPITULO
III
APLICACIONES
PRACTICAS DELA DOCTRINA DEL RES IPSA LOQUITUR EN CHILE
ESQUEMA
DEL CAPITULO III
1.
PLANTEAMIENTO
1.1.
Infracciones a los “Deberes de Cuidado” existentes en Chile
1.2.
En materia de Prueba
2.
MATERIAS EN QUE SE HA APLICADO LA DOCTRINA DEL RES IPSA LOQUITUR EN CHILE
2.1.
Negligencias Médicas
2.1.1.
Planteamiento
2.1.1.1.
Doctrinas que intentan explicar la naturaleza y el fundamento de la
responsabilidad civil de las clínicas y hospitales
2.1.2.
La negligencia médica en Chile
2.1.2.1.
La responsabilidad contractual del médico
2.1.2.2.
De la responsabilidad de Hospitales y Clínicas
2.1.2.3.
En cuanto a la naturaleza de las obligaciones del Médico: su obligación
principal es “de medios”
2.1.2.4.
En cuanto a la “Lex Artis”
2.1.2.5.
Cuasidelitos
2.1.2.6.
En cuanto al error de conducta y la deformación de la culpa médica: se
suplirían gracias al Res Ipsa Loquitur
2.1.3.
Riesgo terapéutico o accidente médico
2.1.3.1.
Concepto de riesgo terapéutico o accidente médico: la fatalidad en los actos
médicos
2.1.3.2.
Riesgo terapéutico en el Derecho nacional
2.1.4.
Las infecciones intrahospitalarias en el Derecho nacional (IIH)
2.1.4.1.
La normativa aplicable
2.1.4.2.
El fundamento de la responsabilidad sanitaria por Infecciones Intra Hospitalarias
(IIH)
2.1.5. Otros casos de aplicación -y posible uso- por la jurisprudencia de la doctrina del Res Ipsa Loquitur en materia del Derecho a la Salud
2.2.
Accidentes del Trabajo
2.3.
Prueba del Daño Ambiental
2.4.
Aplicación a Accidentes del Tránsito y otros causados por Vehículos
BIBLIOGRAFIA